La legisladora Rocío Corona pidió mayores sanciones para estos sujetos por los daños que causan al menor cuando incumplen con sus obligaciones.
La diputada Rocío Corona Nakamura, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), propuso una reforma al Código Penal Federal para considerar como abandono el incumplimiento consecutivo o intermitente por más de 60 días de las obligaciones alimentarias que la ley establece de un padre hacia sus hijos. Además, sugiere establecer sanciones que podrían incluir hasta cinco años de prisión por los daños ocasionados al menor.
Según la propuesta, los cambios al artículo 336 del Código Penal Federal incluirían penas que van desde un mes hasta cinco años de prisión o de 180 a 360 días multa, privación de los derechos de familia y el pago como reparación del daño de las cantidades no suministradas oportunamente por el acusado.
La diputada argumenta que es necesario proteger el derecho de los menores en México a recibir sus alimentos en tiempo y forma, de acuerdo con la ley, para preservar la estabilidad económica y emocional de la madre y de la familia en general. Destaca que el incumplimiento de las obligaciones alimentarias por parte de los padres, ya sea total o parcialmente, y en ocasiones desafiando mandatos judiciales, es un problema creciente en el país.
Corona Nakamura subraya que el derecho de los menores a la satisfacción de sus necesidades para su desarrollo integral, como alimentación, salud, educación y esparcimiento, es adquirido al nacer, y enfatiza que no se puede permitir el abandono de estas obligaciones. La legisladora destaca que la falta de mecanismos eficientes y de disposiciones legales contundentes contribuye a la impunidad en casos de incumplimiento de obligaciones alimentarias.
Con la reforma propuesta, el artículo 336 plantea sanciones para aquellos que abandonen sin motivo justificado a sus hijos o cónyuges, o eludan el cumplimiento consecutivo o intermitente por más de 60 días de las obligaciones alimentarias establecidas por la ley. Las sanciones incluirían prisión, multas, privación de derechos familiares y el pago como reparación del daño de las cantidades no suministradas oportunamente.