Ante la falta de recursos, Benito Sustaita buscaría donar el terreno al gobierno municipal ante incapacidad de rehabilitar el lugar.
La Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (Segam) está llevando a cabo acciones para la remediación integral de un terreno que ha sido utilizado ilegalmente para la extracción de tepetate, así como para la disposición de escombros y residuos sólidos urbanos, sin contar con los permisos correspondientes. La iniciativa de la Segam busca contribuir al cuidado del medio ambiente.
El titular de la dependencia estatal, Jesús Emmanuel Ramos Hernández, expresó que se está coordinando con el Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez un proyecto para contrarrestar los daños ocasionados en el terreno. El propietario del predio, ubicado en la comunidad Fracción Rivera del municipio mencionado, mostró interés en ceder los derechos de propiedad al gobierno local con el objetivo de evitar el pago de una multa.
Debido a reincidencias en el uso inadecuado del terreno desde 2017, la dirección jurídica de la Segam presentó una denuncia penal en 2019 por Delitos contra el Ambiente y la Gestión Ambiental. Recientemente, una nueva inspección reveló la presencia de depósitos de residuos sólidos, personas que recolectan materiales reciclables y una acumulación de escombros. Como consecuencia, se han colocado sellos de suspensión definitiva y se ha impuesto una multa de 11 millones 546 mil 400 pesos, considerando la reincidencia en las violaciones cometidas.
Ramos Hernández explicó que, con el objetivo de remediar la situación del terreno, se estableció un acercamiento con el ayuntamiento soledense, quien a su vez contactó al actual poseedor, Benito Sustaita. Este último busca ceder la propiedad al gobierno municipal, ya que carece de los recursos financieros y materiales necesarios para llevar a cabo la rehabilitación del lugar.
Por ello, se espera que el ayuntamiento presente su proyecto correspondiente, con la posibilidad de aplicar la conmutación de la multa, conforme lo establecen los artículos 160 Fracción IV y 160 Bis de la Ley Ambiental de San Luis Potosí. En este sentido, no se contempla un cobro monetario directo, ya que se busca llegar a un acuerdo alternativo.